Descargar

DECRETO DE PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL DISTRITO FEDERAL PARA EL EJERCICIO FISCAL 2010


(Al margen superior un escudo que dice: Ciudad de México.- Capital en Movimiento) MARCELO LUIS EBRARD CASAUBON, Jefe de Gobierno del Distrito Federal, a sus habitantes sabed: Que la H. Asamblea Legislativa del Distrito Federal, IV Legislatura se ha servido dirigirme el siguiente:


DECRETO:

(Al margen superior izquierdo el Escudo Nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL.- IV LEGISLATURA)

ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL
IV LEGISLATURA.

D E C R E T A

DECRETO DE PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL DISTRITO FEDERAL PARA
EL EJERCICIO FISCAL 2010

ÚNICO.- Se expide el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2010, para quedar como sigue:

DECRETO DE PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL DISTRITO FEDERAL PARA EL EJERCICIO FISCAL 2010.

TÍTULO PRIMERO:
DE LAS ASIGNACIONES DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL DISTRITO FEDERAL

CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES


Artículo 1. El ejercicio y control de las erogaciones con cargo al Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el ejercicio 2010, se sujetará a las disposiciones de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, de este Decreto y demás normatividad en la materia.

Además de las definiciones previstas por la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, se entenderá por inversión pública a toda erogación prevista en el Presupuesto de Egresos para el cumplimiento de las subfunciones autorizadas en el mismo, que se destina a la construcción, ampliación, rehabilitación, reestructuración y/o conservación de la obra pública y a la adquisición de bienes muebles e inmuebles, incluidos los proyectos de infraestructura productiva a largo plazo, así como las subfunciones financiadas total o parcialmente con créditos o con transferencias federales.

Artículo 2. La Secretaría está facultada para interpretar las disposiciones de este Decreto para efectos administrativos y, de conformidad con éstas, establecer para la Administración Pública, con la participación de la Contraloría y la Oficialía en el ámbito de su competencia, las medidas conducentes que deberán observar para que el ejercicio de los recursos públicos se realice con base en los criterios previstos por la Ley.


CAPÍTULO II
DE LAS EROGACIONES

Artículo 3. Las erogaciones para las Dependencias importan la cantidad de 37,873,620,237 pesos y se distribuyen de la siguiente manera:

DEPENDENCIASMONTO
Jefatura de Gobierno del Distrito Federal339,336,070
Secretaría de Gobierno2,142,168,436
Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda245,081,344
Secretaría de Desarrollo Económico148,317,103
Secretaría del Medio Ambiente959,780,506
Secretaría de Obras y Servicios4,299,470,114
Secretaría de Desarrollo Social1,420,569,447
Secretaría de Salud5,138,342,958
Secretaría de Finanzas1,926,263,177
Secretaría de Transportes y Vialidad1,051,421,757
Secretaría de Seguridad Pública12,186,220,446
Secretaría de Turismo59,212,138
Secretaría de Cultura398,648,422
Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal4,498,754,609
Oficialía Mayor688,612,300
Contraloría General291,017,007
Consejería Jurídica y de Servicios Legales700,438,875
Secretaría de Protección Civil134,840,382
Secretaría del Trabajo y Fomento al Empleo807,604,293
Secretaría de Educación284,367,389
Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades153,153,464
SUMA:37,873,620,237

Artículo 4. Las erogaciones para las Delegaciones, importan la cantidad de 21,896,302,392 pesos y se distribuyen de la siguiente manera:

DELEGACIONESMONTO
Álvaro Obregón1,548,875,837
Azcapotzalco1,058,178,772
Benito Juárez1,063,143,185
Coyoacán1,370,347,047
Cuajimalpa de Morelos696,360,681
Cuauhtémoc1,957,396,513
Gustavo A. Madero2,537,735,296
Iztacalco1,056,286,331
Iztapalapa2,944,095,737
La Magdalena Contreras691,397,849
Miguel Hidalgo1,341,697,936
Milpa Alta725,266,812
Tláhuac924,019,300
Tlalpan1,417,783,681
Venustiano Carranza1,454,692,124
Xochimilco1,109,025,291
SUMA:21,896,302,392

Artículo 5. Las erogaciones para los Órganos Desconcentrados importan la cantidad de 20,847,819,028 pesos, y se distribuyen de la siguiente manera:

ORGANOS DESCONCENTRADOSMONTO
Sistema de Aguas de la Ciudad de México9,346,969,768
Instituto Técnico de Formación Policial116,683,879
Instituto de Formación Profesional30,951,373
Sistema de Radio y TV Digital del Gobierno del Distrito Federal72,770,231
Proyecto Metro6,054,490,840
Planta de Asfalto399,708,020
Instituto para la Atención de los Adultos Mayores en el Distrito Federal4,826,244,917
SUMA:20,847,819,028

Artículo 6. Las erogaciones para las Policías Auxiliar y Bancaria e Industrial, así como las Autoridades del Centro Histórico y de Espacios Públicos, se distribuyen de la siguiente manera:

MONTO
Policía Auxiliar4,139,891,561
Policía Bancaria e Industrial del Distrito Federal2,611,217,429
Autoridad del Centro Histórico152,551,354
Autoridad de Espacios Públicos172,811,821
SUMA:7,076,472,165

Artículo 7. Las erogaciones programables previstas para las Entidades, ascienden a 29,718,817,638 pesos y se distribuyen de la siguiente manera:

ENTIDADESMONTO
ENTIDADES DE TRANSPORTE:12,779,671,105
Sistema de Transporte Colectivo Metro10,319,330,862
Servicio de Transportes Eléctricos1,083,937,314
Red de Transportes de Pasajeros del Distrito Federal1,196,301,313
Fideicomiso para el Fondo de Promoción para el Financiamiento del Transporte Público25,000,000
Metrobus155,101,616
ENTIDADES DE VIVIENDA:2,612,360,392
Instituto de Vivienda del Distrito Federal2,612,360,392
ORGANISMOS DE EDUCACIÓN, SALUD Y ASISTENCIA:8,943,157,729
Servicios de Salud Pública del Distrito Federal3,048,740,840
Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia2,621,813,837
Instituto de Educación Media Superior634,372,889
Instituto de la Juventud del Distrito Federal87,894,817
Procuraduría Social del Distrito Federal198,302,136
Instituto de las Mujeres del Distrito Federal136,833,764
Instituto de Ciencia y Tecnología527,320,184
Instituto del Deporte del Distrito Federal66,693,933
Fideicomiso Educación Garantizada1,602,643,654
Consejo de Evaluación del Desarrollo Social del Distrito Federal18,541,675
ORGANISMOS CAJAS DE PREVISIÓN:3,019,240,363
Caja de Previsión para Trabajadores a Lista de Raya del Distrito Federal1,237,467,132
Caja de Previsión de la Policía Preventiva del Distrito Federal1,289,516,569
Caja de Previsión de la Policía Auxiliar del Distrito Federal492,256,662
ENTIDADES DEL MEDIO AMBIENTE:255,486,335
Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial del Distrito Federal93,072,689
Fondo Ambiental Público del Distrito Federal162,413,646
ENTIDADES DE OBRAS Y SERVICIOS:118,786,707
Fideicomiso para el Mejoramiento de las Vías de Comunicación del Distrito Federal8,194,041
Fideicomiso del Centro Histórico de la Ciudad de México110,592,666
ENTIDADES DE FOMENTO SOCIAL, TURÍSTICO Y ECONÓMICO:404,641,418
Fondo de Desarrollo Económico del Distrito Federal7,573,925
Fondo para el Desarrollo Social de la Ciudad de México190,485,520
Fondo Mixto de Promoción Turística del Distrito Federal206,581,973
OTRAS ENTIDADES:1,585,473,589
H. Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal464,947,394
Corporación Mexicana de Impresión, S.A. de C.V.578,158,790
Servicios Metropolitanos, S.A. de C.V.226,169,617
Calidad de Vida, Progreso y Desarrollo para la Ciudad de México, S.A. de C.V.29,596,844
Fondo de Seguridad Pública del Distrito Federal5,000,000
Fondo para la Atención y Apoyo a las Víctimas del Delito6,000,000
Fideicomiso Público del Fondo de Apoyo a la Procuración de Justicia del Distrito Federal5,000,000
Fideicomiso de Recuperación Crediticia del Distrito Federal82,663,555
Escuela de Administración Pública del Distrito Federal55,624,410
Fideicomiso Museo de Arte Popular Mexicano14,000,000
Fideicomiso Museo del Estanquillo11,855,520
Fideicomiso Público Ciudad Digital9,229,781
Fideicomiso Público Complejo Ambiental Xochimilco97,227,678

Artículo 8. Las erogaciones previstas para los Órganos de Gobierno y Órganos Autónomos, conforme a la previsión de ingresos, importan la cantidad de 7,845,609,477 pesos, que se distribuyen como sigue:

ORGANOS DE GOBIERNO Y AUTÓNOMOSMONTO
Asamblea Legislativa del Distrito Federal1,003,404,474
Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal261,664,486
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal3,657,644,344
Consejo de la Judicatura del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal166,765,070
SUMA ÓRGANOS DE GOBIERNO5,089,478,374
Instituto Electoral del Distrito Federal880,000,000
Tribunal Electoral del Distrito Federal170,000,000
Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal271,007,703
Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal281,233,376
Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal296,878,515
Instituto de Acceso a la Información Pública101,981,945
Universidad Autónoma de la Ciudad de México755,029,564
SUMA ÓRGANOS AUTÓNOMOS2,756,131,103
SUMA:7,845,609,477

Artículo 9. Las erogaciones previstas para la reserva de pago de emisiones de Certificados Bursátiles, importan la cantidad de 30 millones de pesos.

Las erogaciones previstas para el pago del costo financiero de la deuda del Sector Central y los costos por cobertura de riesgos importan la cantidad de 3,630,200,209 pesos.

El costo financiero de la deuda correspondiente al Sistema de Transporte Colectivo (Metro), asciende a 454,834,081 pesos.

Las erogaciones para el pago de Adeudos de Ejercicios Fiscales Anteriores (ADEFAS) del Distrito Federal, importan la cantidad de 60,000,000 pesos.

Artículo 10.La administración, control y ejercicio de los recursos para el pago del costo financiero de la deuda del Sector Central, así como el pago de ADEFAS, a que se refiere el presente Decreto, se encomienda a la Secretaría.

Artículo 11. Las asignaciones presupuestales correspondientes a las subfunciones, son las siguientes:

SUBFUNCIÓNPRESUPUESTO
1Poder Legislativo1,003,404,474.00
2Impartición de Justicia4,572,521,305.00
3Administración Pública7,620,100,993.00
4Control y Evaluación de la Gestión Gubernamental11,638,256,907.00
5Conducción y Coordinación de la Política de Desarrollo610,679,904.00
6Administración de la Hacienda Pública5,724,614,779.00
7Procesos Electorales880,000,000.00
8Seguridad Pública17,943,842,223.00
9Protección Civil1,139,515,182.00
10Readaptación Social1,718,423,311.00
11Procuración de Justicia3,915,679,252.00
12Género1,355,113,207.00
13Desarrollo y Asistencia Social9,190,442,476.00
14Derechos Humanos327,870,449.00
15Prestaciones y Servicios de Seguridad Social3,029,894,108.00
16Salud7,857,077,857.00
17Educación5,226,410,232.00
18Ciencia y Tecnología249,700,198.00
19Cultura, Esparcimiento y Deporte1,849,174,878.00
20Urbanización4,920,885,927.00
21Vivienda 2,561,370,712.00
22Transporte19,297,047,862.00
23Agua Potable6,458,060,013.00
24Drenaje y Tratamiento de Aguas Negras3,426,228,923.00
25Ecología3,878,893,119.00
26Producción y Comercialización de Bienes y Servicios944,433,010.00
27Fomento Económico1,292,171,908.00
28Fomento del Empleo y la Productividad801,862,018.00
SUMA:129,433,675,227.00

Artículo 12. De acuerdo con las necesidades planteadas por la población de la Ciudad de México, se establecen para su atención las siguientes Subfunciones prioritarias:

ORGANOS DE GOBIERNO Y AUTÓNOMOSMONTO
08Seguridad Pública
09Protección Civil
11Procuración de Justicia
12Género
16Salud
17Educación
20Urbanización
21Vivienda
22Transporte
23Agua Potable
24Drenaje y Tratamiento de Aguas Negras
25Ecología
TÍTULO SEGUNDO
DE LA EJECUCIÓN Y CONTROL PRESUPUESTARIO
CAPÍTULO I
DEL EJERCICIO DEL PRESUPUESTO AUTORIZADO Y
DE LAS EROGACIONES ADICIONALES

Artículo 13. Los titulares de las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones, Entidades y Órganos de Gobierno y Autónomos, y los servidores públicos encargados de la administración de los recursos asignados, sin exceder sus presupuestos autorizados, responderán de las cargas financieras que causen por no cubrir oportunamente sus respectivos adeudos o por otra causa que les sea imputable, conforme a sus funciones y las disposiciones legales correspondientes.

Tratándose de Entidades, el pago de dichos adeudos requerirá además la autorización específica de su Órgano de Gobierno.

Los servidores públicos encargados de la administración de los recursos asignados deberán informar a la Contraloría sobre las autorizaciones y pagos que se realicen en términos de este artículo.

Artículo 14.La Administración Pública no podrá realizar erogaciones que no se encuentren devengadas al 31 de diciembre, con excepción de los anticipos que procedan por disposición legal, mismos que al término del ejercicio hubieren sido devengados o erogados.

El incumplimiento a lo dispuesto en este artículo, será causa de responsabilidad en los términos de la legislación que resulte aplicable.

La Administración Pública que otorgue anticipos durante el presente ejercicio fiscal, deberá llevar a cabo el registro correspondiente, a fin de llevar el seguimiento de los mismos.

Artículo 15. La Administración Pública deberá introducir la perspectiva de género en la ejecución de sus programas, a efecto de impulsar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, conforme a lo establecido en la Ley de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres en el Distrito Federal.

Para tal efecto, deberán observar lo dispuesto en la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, por lo que hace a la planeación, diseño, elaboración, ejecución, seguimiento y evaluación de resultados con enfoque de género.

La Secretaría, en colaboración con el Instituto de las Mujeres del Distrito Federal, coadyuvará con las Unidades Responsables del Gasto para el cumplimiento de lo establecido en la Ley.

Las erogaciones previstas para impulsar la igualdad entre mujeres y hombres, se encuentran detalladas en el Anexo 3 del presente Decreto.

Artículo 16. Las erogaciones por concepto de subsidios, apoyos, ayudas y donativos con cargo a este Decreto, se sujetarán a lo establecido en la Ley y en la normatividad aplicable.

Los titulares de las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades serán responsables, en el ámbito de su competencia, de que dichas erogaciones se otorguen y ejerzan conforme a lo establecido en las disposiciones aplicables.

El Jefe de Gobierno del Distrito Federal reportará a la Asamblea en el Informe de Avance Trimestral y en la Cuenta Pública, los subsidios, apoyos, ayudas y donativos.

TÍTULO TERCERO
DE LA DISCIPLINA PRESUPUESTARIA
CAPÍTULO I
CRITERIOS PARA EL EJERCICIO PRESUPUESTAL

Artículo 17. Los titulares de las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades, serán conjuntamente responsables con los servidores públicos encargados de la administración de los recursos asignados, de las erogaciones por los conceptos que a continuación se indican, los cuales se sujetarán a los siguientes criterios de racionalidad, austeridad, economía, gasto eficiente y disciplina presupuestal:

  • I.Alimentación.- Los gastos que realicen por este concepto, se sujetarán única y exclusivamente a cubrir necesidades del servicio, apegándose a la normatividad que expida la Oficialía;
  • II.Energía eléctrica, agua potable, fotocopiado, materiales de impresión e inventarios.- Se establecerán programas para fomentar el ahorro, mismos que deberán someter a la autorización de los titulares y de sus respectivos Órganos de Gobierno, respectivamente, a más tardar el 31 de marzo de 2010;
  • III.Combustibles.- Los gastos que se realicen por este concepto, se sujetarán a las necesidades básicas del servicio;
  • IV.Servicio telefónico.- Se establecerán programas para la contratación de líneas con entrada y salida de llamadas locales, pero con límite de monto para las salidas, y contratación de líneas exclusivamente para servidores públicos de nivel superior con salida de llamadas nacionales e internacionales para el ejercicio de sus funciones, con un monto límite de asignación.
    Asimismo, se sujetará a los criterios que determine la Oficialía.
    Se establecerán durante el mes de enero, cuotas homogéneas para el uso de telefonía celular con base anual, quedando a cargo del responsable los gastos excedentes a las cuotas establecidas;
  • V.Arrendamientos.- En bienes inmuebles, se deberá evaluar la procedencia de optimizar la ocupación y utilización de bienes propiedad del Gobierno del Distrito Federal que se encuentren en desuso o permisionados a particulares, considerando el costo beneficio de cada operación. Para el caso de mobiliario y equipo, también se optimizará el uso en concordancia con el ajuste de la estructura administrativa, lo cual se llevará a cabo conforme a lo establecido en la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal;
  • VI.Honorarios.- Las contrataciones se llevarán a cabo en los términos de lo dispuesto en la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y demás disposiciones aplicables en la materia;
  • VII.Estudios e investigaciones.- Las contrataciones se llevarán a cabo en los términos de lo dispuesto en la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, así como en los criterios que para tal efecto expida la Oficialía y demás disposiciones aplicables en la materia;
  • VIII.Publicidad, propaganda y erogaciones relacionadas con actividades de Comunicación Social.- Se sujetarán a los criterios que determine la Oficialía y la Dirección General de Comunicación Social;
  • IX.Viáticos y pasajes.- Las erogaciones por este concepto se restringirán a las mínimas indispensables;
  • X.Gastos de orden social, congresos, convenciones, exposiciones, seminarios, espectáculos culturales, gastos de representación y para investigaciones oficiales.- Podrán efectuarse siempre que cuenten con la autorización de sus respectivos titulares o del servidor público facultado para ello, y
  • XI.Los demás que resulten aplicables en la materia.

Artículo 18. Los titulares de las Dependencias, Órganos Desconcentrados y Entidades, sólo con autorización de la Oficialía podrán efectuar adquisiciones de los siguientes bienes restringidos:

  • I. Equipo de comunicaciones y telecomunicaciones;
  • II. Vehículos terrestres y aéreos, únicamente en aquellos casos que resulten necesarios para salvaguardar la seguridad pública, la procuración de justicia, los servicios de salud y los que a criterio de la Oficialía sean indispensables para el desarrollo de los programas del Gobierno del Distrito Federal;
  • III. Mobiliario, bienes informáticos y equipo para oficinas públicas, únicamente en aquellos casos que resulten indispensables para la operación;
  • IV. Bienes inmuebles para oficinas públicas, sólo en los casos que sean indispensables para la operación de las Dependencias, Órganos Desconcentrados y Entidades, de acuerdo al ajuste de la estructura administrativa, y
  • V. Los demás que se establezcan en la normatividad de la materia.
  • En el caso de las Delegaciones se requerirá únicamente la autorización del Jefe Delegacional.

Artículo 19. La Administración Pública, al realizar pagos por concepto de servicios personales, deberá:

  • I.Apegarse estrictamente a lo establecido en la Ley y a los criterios que en materia de servicios personales establezca el Jefe de Gobierno del Distrito Federal, por conducto de la Oficialía, y
  • II.Cubrirlos en los términos autorizados por la Oficialía y la Secretaría. En el caso de las Entidades, por acuerdo de los Órganos de Gobierno ajustándose a los lineamientos emitidos por la Oficialía.

Artículo 20. Las Dependencias, Órganos Desconcentrados y Entidades, que con motivo de las prestaciones que se otorgan al personal conforme a las Condiciones Generales de Trabajo, se adhieran a las compras consolidadas efectuadas por la Oficialía, y que derivado de las mismas se generen ahorros, deberán reducirlos de su presupuesto y en caso de no hacerlo, dichas reducciones serán instrumentadas por la Secretaría, salvo los casos que ella determine. La Secretaría determinará el destino de estos ahorros.

Artículo 21. Las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades previo al ejercicio de los recursos autorizados para cubrir los gastos por conciliaciones de juicios en trámite promovidos en contra de la Administración Pública del Distrito Federal o por liquidaciones de laudos emitidos o sentencias definitivas dictados por autoridad competente favorables a los trabajadores al servicio de la Administración Pública del Distrito Federal, deberán contar con el visto bueno de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales.

CAPÍTULO III
DE LA INVERSIÓN PÚBLICA

Artículo 22. En el ejercicio del gasto de inversión pública para el año 2010:

  • I. Se otorgará prioridad a las erogaciones por concepto de gastos de mantenimiento de los proyectos y obras concluidos, al avance de los proyectos y obras públicas que se encuentren en proceso vinculados a la prestación de servicios públicos, así como las que cuenten con autorización multianual por parte de la Secretaría;
  • II. La Administración Pública sólo podrá iniciar proyectos cuando tenga garantizada la disponibilidad presupuestal durante el ejercicio fiscal. En el caso de que los proyectos abarquen más de un ejercicio se deberá observar lo que dispone la Ley;
  • III. Se aprovechará al máximo la mano de obra e insumos locales y la capacidad instalada para abatir costos. En igualdad de condiciones en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes, se deberá dar prioridad a los contratistas y proveedores locales en la adjudicación de contratos de obra pública y de adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios de cualquier naturaleza;
    De igual forma, será prioridad del Gobierno del Distrito Federal, procurar la producción social de vivienda, prevista en el artículo 4 de la Ley de Vivienda del Distrito Federal, entendiendo por ésta, el conjunto de actividades de gestión, elaboración de bienes o prestación de servicios de vivienda de interés social y popular.
  • IV. Se dará preferencia a la adquisición de productos y a la utilización de tecnologías nacionales;
  • V. Se estimularán los proyectos de coinversión con los sectores social y privado, y con los distintos órdenes de Gobierno colindantes al Distrito Federal, así como con la Federación, para la ejecución de obras y proyectos de infraestructura y de servicios que contribuyan a mejorar la calidad de vida de la población y estimulen la generación del empleo;
  • VI. Los proyectos de inversión de la Administración Pública que sean financiados con recursos crediticios, deberán observar lo dispuesto en la Ley General de Deuda Pública y lineamientos que emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con independencia de la obligación de sujetarse a los ordenamientos que integran la normatividad local aplicable a la presupuestación y ejercicio del gasto público;
  • VII. Estarán sujetos a las leyes locales, las adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios relacionados con bienes muebles, así como las obras públicas, cuando se realicen con ingresos provenientes de coordinación fiscal, Fondos de Aportaciones Federales, Deuda Pública y los financiados total o parcialmente con fondos federales que no se encuentren sujetos a convenios con el Ejecutivo Federal. En el caso de que existan convenios con el Ejecutivo Federal o lineamientos emitidos por la Federación, se estará a lo dispuesto en los mismos, y
  • VIII. Los rubros de gasto de las inversiones financieras que realice la Administración Pública, deberán estar previstos en sus presupuestos de egresos y sólo podrán incrementarse en casos plenamente justificados previa autorización de la Secretaría.
CAPÍTULO IV
DE LAS TRANSFERENCIAS Y APORTACIONES

Artículo 23. Las erogaciones por concepto de transferencias y aportaciones con cargo a este Decreto, se sujetarán a lo establecido en la Ley y demás normatividad aplicable, apegándose a los siguientes criterios:

  • I. Las aportaciones destinadas a cubrir desequilibrios financieros de operación de las Entidades, se deberán ajustar en función de la política de precios y tarifas de los bienes y servicios públicos;
  • II. Las transferencias y aportaciones destinadas al apoyo de las Entidades, se orientarán preferentemente hacia sus actividades primordiales a efecto de incrementar la oferta real de bienes y servicios, de insumos para la producción y a generar empleo permanente y productivo;
  • III. Las Entidades beneficiarias de aportaciones deberán buscar fuentes alternativas de financiamiento, a fin de lograr en el mediano plazo, mayor autosuficiencia financiera y la disminución correlativa de los apoyos con cargo a recursos presupuestales;
  • IV.Sólo se otorgarán transferencias, aportaciones y ayudas cuando se precisen claramente los programas, destino, objetivos, beneficiarios, temporalidad y condiciones de las mismas, debiendo presentar a la Secretaría el análisis costo beneficio correspondiente;
  • V. En caso de que los ingresos propios de las Entidades rebasen la estimación original anual, se cancelen actividades institucionales y metas o se generen economías, la Secretaría podrá reducir el monto de las aportaciones originalmente previstas, y
  • VI. Las aportaciones del Gobierno del Distrito Federal destinadas al apoyo de las Entidades, se hará como complemento a sus ingresos propios y conforme al calendario presupuestal mensual autorizado por la Secretaría, deduciendo las disponibilidades financieras mensuales de las Entidades.

Artículo 24. La Entidad que aplique las aportaciones en inversiones financieras, deberá enterar sus rendimientos, dentro de los primeros diez días naturales de cada mes a la Tesorería del Distrito Federal.

La Secretaría suspenderá la ministración de fondos cuando las Entidades beneficiarias no remitan la información en la forma y términos que ésta determine, o bien, cuando no se hayan enterado los rendimientos de las inversiones financieras que generaron las aportaciones no aplicadas.

Artículo 25. Las Entidades apoyadas presupuestalmente por el Gobierno Central, atendiendo el principio de equilibrio presupuestal, no deberán conservar disponibilidades de ingresos propios al cierre del ejercicio, salvo los casos debidamente justificados que autorice la Secretaría. Los recursos propios disponibles deberán orientarse a subsanar el déficit de operación de las Entidades que los generen.

Artículo 26. Las asignaciones que reciba el Distrito Federal de la Federación, serán consideradas como transferencias federales y se regularán por lo establecido en la Ley de Coordinación Fiscal, Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación y demás disposiciones aplicables.

La disposición de recursos provenientes de transferencias del Gobierno Federal que contempla el presente Decreto, estará en función del calendario de ministraciones que determine la Federación.

CAPÍTULO V
DE LAS ADQUISICIONES Y LAS OBRAS PÚBLICAS

Artículo 28. Para los efectos referidos en el artículo 62 de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, los montos máximos de adjudicación directa y de adjudicación mediante invitación a cuando menos tres concursantes que reúnan los requisitos a que dicha disposición se refiere, de las obras públicas que podrán realizar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades durante el año 2010, serán los siguientes:

Inversión Total Autorizada para Obra Pública (Miles de Pesos)Monto Máximo Total de Cada Obra Pública que Podrán Adjudicar Directamente (Miles de Pesos)Monto Máximo Total de Cada Obra que Podrán Adjudicar Mediante Invitación Restringida a Cuando menos Tres Concursantes (Miles de Pesos)
Mayor deHasta
-18,8002201,720
18,80137,5002702,130
37,50162,5003202,500
62,501125,0003803,040
125,001187,5004403,570
187,501312,5005004,090
312,501437,5005904,750
437,501562,5006705,420
562,501750,0007506,200
750,001937,5008507,000
937,5011,250,0009407,920
1,250,0012,500,0001,0308,840
2,500,0011,3409,800

Los montos establecidos deberán considerarse sin incluir el importe del Impuesto al Valor Agregado.

Los montos máximos son aplicables por cada obra que contrate la Dependencia, Órgano Desconcentrado, Delegación o Entidad. Los montos de actuación deberán ajustarse al presupuesto autorizado por la Asamblea.

Artículo 29. Para los efectos del artículo 55 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, los montos máximos de adjudicación directa y los de adjudicación mediante invitación restringida a cuando menos tres proveedores, de las adquisiciones, arrendamientos o prestación de servicios de cualquier naturaleza, que podrán realizar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades durante el año 2010, serán los siguientes:

Presupuesto Autorizado de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios (Miles de Pesos)Monto Máximo Total de Cada Operación que Podrán Adjudicar Directamente (Miles de Pesos)Monto Máximo Total de Cada Operación que Podrán Adjudicarse Habiendo convocado a Cuando menos Tres Proveedores (Miles de Pesos)
Mayor deHasta
-18,7501401,720
18,75137,5001702,130
37,50162,5001902,500
62,501125,0002203,040
125,001187,5002403,570
187,501312,5002704,090
312,501437,5002904,750
437,501562,5003205,420
562,501750,0003306,200
750,001937,5003507,000
937,5011,250,0003807,920
1,250,0014008,840

Los montos establecidos deberán considerarse sin incluir el importe del Impuesto al Valor Agregado.

Tratándose de adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios que se contraten de manera consolidada, se aplicarán los montos máximos antes referidos, considerando como presupuesto total autorizado la suma de las asignaciones que tengan destinadas para los capítulos de adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios a afectar de cada una de las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades que intervengan en las adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios consolidados.

Los montos máximos son aplicables por cada adquisición, arrendamiento o prestación de servicios de cualquier naturaleza, que contrate la Dependencia, Órgano Desconcentrado, Delegación o Entidad, así como para los que se contraten de manera consolidada.

Artículo 30. Las Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal estarán obligadas a celebrar los contratos necesarios, a fin de asegurar adecuadamente los bienes patrimoniales de su propiedad, los que bajo cualquier título posean o tengan asignados conforme a los lineamientos que para tal efecto expida la Oficialía.

Las Dependencias, Órganos Desconcentrados y Delegaciones informarán a la Oficialía y a la Secretaría el inventario de bienes patrimoniales que tengan asignados o que bajo cualquier título posean, a fin de que sean considerados en el Programa Integral de Aseguramiento conforme a los lineamientos aplicables, salvo los casos de excepción que autorice la Oficialía.

TÍTULO CUARTO
DEL CONTROL Y EVALUACIÓN Y RESPONSABILIDADES

Artículo 31. La Contraloría en el ámbito de su competencia, examinará, verificará, comprobará, vigilará, evaluará y dará seguimiento al ejercicio del gasto público y su congruencia con la Ley, el presente Decreto y los criterios, políticas y lineamientos que al efecto se emitan. Estas actividades tendrán por objeto, sin perjuicio de lo que establezcan otras disposiciones legales aplicables, promover la eficiencia y eficacia en las operaciones presupuestales de las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades y verificar si se han alcanzado los resultados establecidos.

La Administración Pública estará obligada a proporcionar la información que le sea solicitada por la Contraloría y/o sus órganos de control interno, a fin de que éstas puedan realizar las funciones de fiscalización, inspección, verificación y evaluación del ejercicio del gasto público.

Artículo 32. La Contraloría en el ejercicio de sus atribuciones, comprobará el cumplimiento, por parte de la Administración Pública, de las obligaciones derivadas de este Decreto. Con tal fin, dispondrá lo conducente para que se lleven a cabo las inspecciones, verificaciones, revisiones, visitas y auditorías que se requieran, así como para que se finquen las responsabilidades y se apliquen las sanciones que procedan, conforme a la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, sin perjuicio de las responsabilidades civiles, penales, laborales o resarcitorias que procedan de conformidad con las disposiciones aplicables.

La Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea ejercerá las funciones de fiscalización y revisión de la Cuenta Pública del Distrito Federal conforme a sus atribuciones.

Las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades estarán obligados a proporcionar a la Secretaría y a la Contraloría la información que les soliciten y permitirle a su personal la práctica de verificaciones, revisiones, inspecciones, visitas y auditorías para la comprobación del cumplimiento de las obligaciones derivadas de este Decreto y demás disposiciones que la Secretaría expida.

Artículo 33. Las áreas internas de control de los Órganos de Gobierno y Autónomos, en el ejercicio de las atribuciones que en materia de inspección, control, evaluación y vigilancia les confieren las disposiciones aplicables en la materia, verificarán que se cumpla con lo establecido en sus Presupuestos de Egresos aprobados por la Asamblea, así como que se finquen las responsabilidades y se apliquen las sanciones que procedan, conforme al régimen de responsabilidades de los servidores públicos que correspondan, sin perjuicio de las responsabilidades civiles, penales, laborales o resarcitorias que procedan de conformidad con las disposiciones aplicables.

T R A N S I T O R I O S

Artículo Primero.-El presente Decreto entrará en vigor a partir del día primero de enero del año 2010.

Artículo Segundo.-Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal para su debida observancia y aplicación.

Artículo Tercero.-Los recursos asignados al Programa Integral de Mantenimiento a Escuelas (PIME), distribuidos según se determina en el Anexo 1 de este Decreto, serán inamovibles en cuanto al destino y monto que ahí se señalan.

Los recursos del Programa Integral de Mantenimiento a Escuelas que no se hayan comprometido al 30 de Junio, serán transferidos al Sector Central para su ejercicio en mantenimiento de infraestructura educativa.

Artículo Cuarto.-Para la Secretaría de Seguridad Pública y la Procuraduría General de Justicia se podrán crear plazas que impliquen incremento en el presupuesto regularizable en los siguientes casos:

I. En la Secretaría de Seguridad Pública 200 plazas por cada Unidad de Protección Ciudadana o su equivalente, puesta en operación en el ejercicio fiscal 2010.

II. En la Procuraduría General de Justicia, previa conciliación con la Oficialía y la Contraloría, para la incorporación de nuevos elementos a la Policía Investigadora y nuevas Fiscalías, con base a las reformas a la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal.

Artículo Quinto.- En el presupuesto de las Delegaciones se comprenden recursos para la ejecución del Programa de Mejoramiento Urbano y Accesibilidad identificados con el destino de gasto 61 conforme al Anexo 2 de este Decreto. Para lo cual las delegaciones deberán dar a conocer a más tardar el 31 de marzo a la Secretaría de Obras y Servicios las acciones que comprenderá su programa, el cual se sujetará a la normatividad establecida y a los lineamientos que emitirá dicha Secretaría dentro de los dos primeros meses del año.

Artículo Sexto.- Las erogaciones previstas para el Instituto Electoral del Distrito Federal, ascienden a 880,000,000.00 pesos, cantidad que incluye los 42,289,745.00 pesos para organizar el proceso de elección de Comités Ciudadanos a que se refiere el artículo 97 y 98 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal, así como para el trabajo de las oficinas de las representaciones de los partidos políticos y de las representaciones de los grupos parlamentarios de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal ante el propio Consejo.

Artículo Séptimo.- En las erogaciones previstas para la Secretaría de Finanzas se contemplan 200 millones de pesos para la creación del fondo a que se refiere la Ley del Consejo Económico y Social de la Ciudad de México.

Artículo Octavo.- Del presupuesto asignado a la Delegación Gustavo A. Madero, se destinarán 7 millones de pesos, para la rehabilitación del Parque Deportivo ubicado en Avenida 412, esquina Avenida Central, Colonia Villa de Aragón.

Artículo Noveno.- Del presupuesto asignado a la Delegación Cuauhtémoc, se destinarán 5 millones de pesos, para la rehabilitación de la Plaza Santa María la Rivera.

Artículo Décimo.- Se destinarán 15 millones de pesos para la planta de selección de “Santa Catarina”, a través de la Secretaría de Obras y Servicios.

Artículo Undécimo.- Las erogaciones de la Secretaría de Gobierno comprenden 20 millones de pesos para la creación del Organismo Descentralizado Instituto de Verificación Administrativa del Distrito Federal.

Artículo Duodécimo.- En el Presupuesto de la Secretaría de Gobierno están considerados 10 millones de pesos para la creación de la Casa del Periodista.

Artículo Décimo Tercero.- En el presupuesto de las Delegaciones están considerados 1,500 millones de pesos, que serán destinados a los proyectos y actividades que se relacionan en el Anexo 4, los cuales se identifican con el destino de gasto 64.

Artículo Décimo Cuarto.- Dentro del presupuesto del Sistema de Aguas de la Ciudad de México se incluyen 40 millones de pesos para llevar a cabo el mantenimiento a la infraestructura urbana y de drenaje de las colonias Peñón de los Baños, Moctezuma II y Pensador Mexicano en la Delegación Venustiano Carranza.

Artículo Décimo Quinto.- En el presupuesto de la Secretaría de Medio Ambiente se contemplan 10 millones de pesos para la reforestación y mantenimiento del Complejo Desierto de los Leones.

Artículo Décimo Sexto.- En el primer semestre del ejercicio fiscal 2010, se podrán reasignar los recursos de otros Programas a los de vivienda, conforme a las necesidades y suficiencia presupuestal, con la finalidad de incrementar los montos de presupuesto autorizados en la Ley del Instituto de Vivienda del Distrito Federal.

Artículo Décimo Séptimo.- Dentro del presupuesto del Instituto para la Vivienda se incluyen 300 millones de pesos adicionales para vivienda nueva en la modalidad de autoadministración y autoproducción, en la producción social de vivienda. Cuando menos el 50% de los recursos asignados al Programa de Mejoramiento de Vivienda del Distrito Federal se destinarán a las modalidades de autoadministración y autoproducción.

Artículo Décimo Octavo.- En el presupuesto de la Secretaría de Transporte y Vialidad se estableció una asignación adicional por nueve millones de pesos para el Programa de Chatarrización y Renovación de Taxis.

Artículo Décimo Noveno.- Al presupuesto de la Secretaría de Desarrollo Social se le asigno una erogación adicional por treinta millones de pesos para el Programa de Comedores Públicos y Comunitarios, en partes iguales.

Artículo Vigésimo.- Del presupuesto asignado a la Delegación Venustiano Carranza se destinarán treinta millones de pesos para la obra pública y mejoramiento del Mercado de la Merced Nave Menor.

Artículo Vigésimo Primero.- Derivado de las reasignaciones de gasto consignadas en el presente Decreto, se faculta a la Secretaría para realizar los ajustes necesarios a las subfunciones de gasto correspondientes, a fin de guardar congruencia en las asignaciones de gasto.

ANEXOS:
Anexo 1
PIME
DELEGACIONESMONTO
Álvaro Obregón77,884,935
Azcapotzalco29,042,466
Benito Juárez13,403,606
Coyoacán35,251,483
Cuajimalpa de Morelos29,879,327
Cuauhtémoc43,528,750
Gustavo A. Madero174,833,734
Iztacalco34,107,098
Iztapalapa126,887,467
La Magdalena Contreras32,019,842
Miguel Hidalgo19,920,273
Milpa Alta8,176,200
Tláhuac32,392,047
Tlalpan40,670,982
Venustiano Carranza47,538,472
Xochimilco54,463,318
SUMA:800,000,000

Anexo 2
MEJORAMIENTO URBANO Y ACCESIBILIDAD
DELEGACIONESMONTO
Álvaro Obregón56,207,698
Azcapotzalco24,910,073
Benito Juárez18,320,639
Coyoacán61,734,406
Cuajimalpa de Morelos27,373,717
Cuauhtémoc15,213,645
Gustavo A. Madero177,254,997
Iztacalco44,758,132
Iztapalapa225,765,169
La Magdalena Contreras24,598,648
Miguel Hidalgo88,002,598
Milpa Alta9,550,625
Tláhuac36,630,461
Tlalpan59,967,647
Venustiano Carranza35,458,815
Xochimilco94,252,730
SUMA:1,000,000,000


ANEXO 3
Recursos destinados para el subresultado 13 "Se reducen las brechas de desigualdad entre hombres y mujeres"
por Actividad Institucional


GF R SR AI Denominación Presupuesto
02       Desarrollo Social  
02       Equidad
02       Protección Social
02       Género
02 13     Se reducen las brechas de desigualdad entre hombres y mujeres
02 13 01   Las políticas públicas tienen perspectiva de género
02 13 01 01 Seguimiento y Coordinación de Políticas con Perspectiva de Género 10,092,427.00
02 13 01 02 Generación de política ambientales de género 15,000.00
02 13 01 03 Política de género para la conmemoración del Bicentenario 3,000,000.00
02 13 01 04 Agilización de gestión gubernamental para mujeres 550,000.00
02 13 01 07 Planeación y diseño de programas y acciones en pro de la igualdad de género 37,172,837.00
02 13 02   Se promueve una cultura de la igualdad de género
02 13 02 01 Promoción de Igualdad de Género 265,611,514.00
02 13 02 02 Programa de Fortalecimiento de Derechos de las Mujeres 1,403,105.00
02 13 02 05 Formación y Especialización en Derechos Humanos para las Mujeres 1,460,000.00
02 13 02 06 Atención Integral y Generación de Procesos de Empoderamiento de los Derechos de las Mujeres 1,950,000.00
02 13 03   Se reducen los obstáculos para el desarrollo laboral de las mujeres
02 13 03 01 Servicio de atención a Mujeres en materia laboral 3,235,059.00
02 13 03 03 Centros de Desarrollo Infantil "CENDIS" 38,658,114.00
02 13 03 04 Programa de Becas Escolares a Menores Vulnerables 224,652,600.00
02 13 03 05 Centros de Desarrollo Infantil del Sistema de Transporte Colectivo 28,168,546.00
02 13 03 71 Centros de Desarrollo Infantil Delegacionales 278,851,228.00
02 13 04   Las mujeres cuentan con servicios oportunos de salud especializados
02 13 04 01 Programa de Detección de Cáncer de Mama 32,124,984.00
02 13 04 02 Programa de Atención Integral al Cáncer de Mama 39,683,474.00
02 13 04 03 Programa de detección de cáncer cérvico uterino y de mama 32,303,925.00
02 13 04 04 Canasta Nutricional para Mujeres Embarazadas 20,000,000.00

13 04 05 Programa de Detección de Cáncer de Mama 6,800,000.00
02 13 04 71 Estudios delegacionales de mastografías 6,542,776.00
02 13 05   Se ofrecen oportunidades a mujeres emprendedoras
02 13 05 01 Asesoría Financiera a Mujeres Ahorradoras 7,433,964.00
02 13 05 02 Promoción del desarrollo de la mujer microempresaria 874,188.00
02 13 05 03 Programa de la Mujer Huésped y Migrante 1,667,740.00
02 13 05 04 Asesoría a Mujeres para acceder a créditos 3,553,245.00
02 13 05 71 Desarrollo de mujer microempresaria 8,922,892.00
02 13 06   Las mujeres tienen acceso a servicios asistenciales eficaces
02 13 06 01 Atención a Mujeres en Situación de Calle y Vulnerabilidad Social 58,950,423.00
02 13 06 03 Centro Asistencial para Mujeres 12,977,779.00
02 13 06 04 Asesorías para el Acceso a Créditos de Vivienda para Mujeres 774,913.00
02 13 06 70 Apoyos complementarios a jefas de familia 16,816,557.00
02 13 07   Se fomenta el desarrollo educativo de las mujeres
02 13 07 07 Becas a mujeres científicas 21,151,456.00
02 13 08   La violencia asociada al género se reduce y sus consecuencias se atienden eficazmente
02 13 08 01 Atención Integral a Mujeres Víctimas de Violencia 40,057,166.00
02 13 08 02 Unidades de Atención y Prevención a la Violencia Familiar 13,629,637.00
02 13 08 03 Seguro contra la Violencia Familiar 24,955,275.00
02 13 08 04 Programa de Reinserción Social para Mujeres víctimas de violencia 1,700,000.00
02 13 08 06 Transporte Preferencial para Mujeres 64,513,288.00
02 13 08 07 Promoción de una cultura de prevención de la violencia contra las mujeres 13,251,331.00
02 13 08 09 Seguimiento y Coordinación de Políticas de Atención Prevención y Acceso a la Justicia de las Mujeres Víctimas de Violencia 2,477,853.00
02 13 08 11 Acceso a la justicia para las mujeres victimas de violencia 25,041,307.00
02 13 08 12 Seguimiento a Discriminación de Género, Acoso Sexual y Violencia en el Trabajo 1,346,122.00
02 13 08 71 Atención de la violencia intrafamiliar en delegaciones 2,742,482.00
SUMA $ 1,355,113,207.00



Anexo 4
Proyectos Delegacionales Etiquetados

DELEGACION PROYECTO MONTO
Total 1,500,000,000
Álvaro Obregón 106,500,000
  Conclusión de obra de construcción de la escuela La Cuesta  
Construcción y equipo de 7 direcciones territoriales  
Segunda etapa de construcción en la Av. Minas  
Rescate y Centro de educación ambiental  
Mantenimiento al parque arboledas  
Rescate y conservación de areas verdes  
Relleno de minas y construcción de muros de contención  
Azcapotzalco 72,000,000
  Conclusión de las obras de construcción del parque Azcatl Paqui  
  Remodelación y mantenimiento del Deportivo Azcapotzalco, Deportivo 20 de Noviembre, Deportivo Victoria de las Democracias y Deportivo Renovación  
  Mantenimiento a los Cendis 20 de Noviembre, Mercado Tlatilco, Mercado Benito Juárez, Santa Lucía, ProHogar y Cosmopolita  
  Infraestructura urbana  
Benito Juárez 73,500,000
  Universidad de la Tercera Edad Campus II  
Unidades de Protección Ciudadana  
Centro de Atención Social Especializada. Atención Geriátrica  
Alumbrado público  
Sustitución de Parque Vehicular  
Coyoacán 94,500,000
  Sustitución de red secundaria de agua  
  reconstrucción de 3 cendis y construcción de un mercado  
  honorarios  
  Rehabilitación de la Casa de la Cultura Reyes Heroles  
  Sustitución de redes secundarias de agua potable en las colonias Pedregal de Santo Domingo y Pedregal de Santa úrsula  
  Construcción de pozos de absorción para el suministro de agua para la Colonia Pedregal de Santo Domingo Zona Sur  
  Mejoramiento de áreas comunes y sistemas de bombeo de agua potable de la unidad habitacional ubicada en Av. Pacífico 326 colonia el Rosedal  
  Rehabilitación del camellón ubicado en Calz. De la Virgen que va del Eje 3 Oriente Cafetales a Canal Nacional de las colonias CTM VII, Carmen Serdán y la U.H. Piloto Culhuacán  
  Rehabilitación del camellón ubicado en Manuela Medina entre el tramo de Tepetlapa a Calzada de las Bombas de las Colonias CTM VIII, VIII-A, IX y Residencial Cafetales  
  Repavimentación de las colonias populares Carmen Serdan y Emiliano Zapata  
  Rehabilitación del parque ubicado en Mar de la tranquilidad entre Av. Canal de Miramonte y calle Benito Juárez de las colonias Fraccionamiento Los Olivos, Robles y Espartaco  
  Remodelación del Módulo Social FOVISSSTE Los Olivos U.H. de interés social  
  Renivelación de calles y entrecalles de la U.H. Alianza Popular Revolucionaria  
  Otros  
Cuajimalpa de Morelos 48,000,000
  Centro de Atención Social Especializada  
Faro del Saber  
Universidad de la Tercera Edad  
Cuauhtémoc 133,500,000
  Construcción de 10 escaleras de emergencia en Cendis  
  Rehabilitación y mantenimiento a 22 Cendis  
  Rehabilitación de la red hidráulica de agua potable  
  Cambio e instalación de gas lp a gas natural en edificios públicos  
  Monitoreo de 30 edificios en la U.H. Nonoalco Tlatelolco  
  Puesta en marcha del proyecto de laboratorios digitales Bicentenario en 20 escuelas públicas  
  Mejoramiento de imagen urbana de la Calzada de Guadalupe tramo entre Reforma y Río Consulado  
  Rehabilitación de sistema de piso y entrepiso de la primaria Víctor Flores  
  Reconstrucción de 60000 metros cuadrados de guarniciones y banquetas  
  Construcción del Centro comunitario Buenos Aires  
  Remodelación del parque Ramón López Velarde  
  Rehabilitación del Foro Lidenbergh  
  Construcción de la Casa de la Cultura Gral. Francisco Villa  
  Construcción de la Casa de la Cultura Hermanos Flores Magón  
  Rehabilitación de la Alameda  
  Remodelación del parque Dr. Ignacio Chávez  
  Adquisición de sillas de ruedas  
  Adquisición de prótesis específicas  
  Aparatos auditivos  
  Estudios médicos  
  Estructuración y desarrollo de los talleres de artes y oficios  
  Programa de Salud Visual en Escuelas Primarias y Secundarias  
  Rehabilitación y equipamiento del Centro de Atención al Adulto Mayor en Buenavista  
  Mantenimiento y conservación en los espacios de uso común de las U.H.  
  Apoyo alimenticio para la población de alta marginalidad  
  Otros  
     
Gustavo A. Madero 174,000,000
  Ampliación Eje 4 Norte Euzkaro  
  Instalación de juegos infantiles e instalación de piso de hule vulcanizado en las 16 plazas de San Juan de Aragón  
  Construcción de puente peatonal en Av. 602 y Av. 661  
  Comedor estudiantil en la Primaria “Luis Enrique Erro”  
  Compra de computadoras y mobiliario en la Escuela Primaria “Carlos Bahuer”  
  Compra de mobiliario para la Escuela Primaria “Tonatzin”

 


Mantenimiento parque Av. 412, esq. Av. Central bajo el puente de la Avenida 412 U.H. Villa de Aragón, Delegación Gustavo A. Madero
  Desazolve del Vaso regulador el Arbolillo, colonia Zona Escolar  
  Adquisición del predio para la Construcción de la Casa de la Cultura en la Colonia San Felipe de Jesús Norte  
  Remodelación del Centro Aquiles Serdán, colonia Casas Alemán  
  Centro de Arte, Cultura y Administración (Zona 3 calle Estado de Sinaloa No.165 colonia Providencia  

Desazolve del Río San Javier y Río Maximalaco en Cuautepec.
Iztacalco 72,000,000
  Construir la Casa del Adulto Mayor con un programa ocupacional, de cuidados, esparcimiento y atención médica para adultos mayores  
Regularización de la concentración de comerciantes de la Colonia Granjas México  
Realización de estudios y proyectos con la finalidad de determinar las fallas geológicas a casas habitación, unidades habitacionales, comercios e industrias. Realización de estudios y trabajos de mitigación de hundimientos y bufamientos y reparación de los mismos.  
Seguridad Pública (Compra de patrullas)  
Procuraduría Social (Mantenimiento a Unidades Habitacionales)  
Desarrollo Social (10 Comedores Comunitarios)  
Desarrollo Social (Mejoramiento Barrial)  
Iztapalapa 201,000,000
  Otros proyectos  
La Magdalena Contreras 48,000,000
  Construcción de una clínica "Tierra Unida"  
Construcción de un Centro de Atención a Adultos Mayores  
Deportivo "Contreras"  
Deportivo "Vista Hermosa"  
Núcleo Agrario Comunidad San Nicolás Totolapan  
Núcleo Agrario Comunidad La Magdalena Atlilic  
Núcleo Agrario Comunidad de San Bernabé Ocotepec  
Núcleo Agrario Ejido de San Bernabé Ocotepec  
Centro de acopio  
Tanque de almacenamiento  
Paseo "Cri-Cri" (Educación vial infantil)  
Construcción de panteón  
Introducción de nuevas Líneas de agua potable (Meyac, Tierra Colorada, Gavillero, Iztlahualtongo, El Ocotal)  
Miguel Hidalgo 91,500,000
  Limpieza y mantenimiento de barrancas  
Medio ambiente  
Desarrollo económico  
Mantenimiento de Deportivos  
Centro de Atención Social Especializada  
Universidad de la Tercera Edad  
Rescate de espacios públicos  
Milpa Alta 49,500,000
  Reforzamiento al Programa de Seguridad Pública  
  Manufactura del Nopal en la demarcación  
  Conservación y mantenimiento a la infraestructura delegacional  
     
Tláhuac 63,000,000
  Servicios administrativos mejoran la eficiencia  
Combate a la delincuencia  
El gobierno de la Ciudad contribuye activamente para garantizar el derecho a la educación mediante el mejoramiento de la educación básica  
La administración e infraestructura urbana se mejoran  
El derecho a la cultura se promueve como una parte fundamental del desarrollo individual comunitario  
La Ciudad promueve el crecimiento económico y equitativo  
Se reducen las brechas de desigualdad entre hombres y mujeres  
Tlalpan 97,500,000
  Rehabilitacion de 12 casas de salud  
  Dotación de agua a través de pipas para 40 colonias  
  Adquisición de una unidad dental, equipo, materiales e insumos para operar el programa “Sonrisa de Mujer”.  
  Fortalecimiento de casa de emergencia y de albergue  
  Fortalecimiento a diversas actividades culturales  
Venustiano Carranza 99,000,000
  Construcción y Ampliación de cinco Centros de Desarrollo Infantil (CENDIS Felipe Ángeles, Cendi 28, Arenal, Venustiano Carranza y Fortino Serrano)  
Conservación y Mantenimiento al Cine y Casa de la Cultura Venustiano Carranza y Centros Culturales (Federal, Benita Galeana, Tierno Galván, Ramírez y Ramírez y Casa de la Cultura)  
Obra pública y mejoramiento del Mercado de la Merced Nave Menor  
Reforzamiento al Programa de Seguridad Pública en Venustiano Carranza mediante contratación de Policía auxiliar  
  Otros proyectos  
Xochimilco 76,500,000
  Construcción de red de drenaje en 6 colonias de Xochimilco  
  Mantenimiento al Deportivo San Andrés Ahuayucán  
Mantenimiento al Deportivo Xochimilco  
Construcción de la Casa de la Cultura en San Andrés Ahuayucan  
Mantenimiento embarcaderos  
Desarrollo de proyectos ecoturisticos  
Combate de plagas en la zona chinanpera  
Proyectos ejecutivos de drenaje en Xicalhuacan, San Juan Tlamancingo, Barrio la Conchita y Xaltocan  
Construcción del Centro de capacitación para personas con discapacidad  
Construcción de Salón de Usos multiples en el Conjunto Cultural Tepalcatlalpan  
Construcción de 2 centros de esparcimiento familiar  
Construcción de dos comedores para estudiantes  
Construcción de techumbre en plaza comercial Cuauhtémoc  
Construcción de arco cultural en Santiago Tepacatlalpan  
Mantenimiento a Unidades habitacionales  
Ampliación de la infraestructura del panteón de Santa Cecilia Tepetlapa  
Electrificación del Deportivo Tulyehualco  


Recinto de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, a los veintitrés días del mes de diciembre del año dos mil nueve.- POR LA MESA DIRECTIVA.- DIP. LIZBETH EUGENIA ROSAS MONTERO.- PRESIDENTA.- DIP. MARÍA DE LOURDES AMAYA REYES.- SECRETARIA.- DIP. RAFAEL CALDERÓN JIMÉNEZ.- SECRETARIO.- (firmas).


En cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 122, apartado C, Base Segunda, fracción II, inciso b), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 48, 49 y 67, fracción II, del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto Promulgatorio, en la Residencia Oficial del Jefe de Gobierno del Distrito Federal, en la Ciudad de México, a los veintiocho días del mes de diciembre del año dos mil nueve.- EL JEFE DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, MARCELO LUIS EBRARD CASAUBON.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE GOBIERNO, JOSÉ ÁNGEL ÁVILA PÉREZ.- FIRMA.- EL SECRETARIO DE FINANZAS, MARIO MARTÍN DELGADO CARRILLO.- FIRMA.

DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE LA LEY DE PRESUPUESTO Y GASTO EFICIENTE DEL DISTRITO FEDERAL

(Al margen superior un escudo que dice: Ciudad de México.- Capital en Movimiento)

DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE LA LEY DE PRESUPUESTO Y GASTO EFICIENTE DEL DISTRITO FEDERAL.

MARCELO LUIS EBRARD CASAUBON, Jefe de Gobierno del Distrito Federal, a sus habitantes sabed:

Que la H. Asamblea Legislativa del Distrito Federal, V Legislatura se ha servido dirigirme el siguiente:

DECRETO

(Al margen superior izquierdo el Escudo Nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL.- V LEGISLATURA)

ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL

V LEGISLATURA


Secretaría de Finanzas