1. ¿Qué documentos debo presentar para darme de Baja?
- El trámite de baja al padrón del Impuesto sobre Nóminas se debe realizar en el Sistema de Administración de Contribuciones en la página /siscon/
- Su acceso es a través de la e.firma del contribuyente, adicionalmente el aplicativo le solicitará los siguientes archivos en formato PDF.
- Aviso presentado ante la S.H.C.P. por Liquidación Total del Activo, Por Fusión, Cancelación del RFC, o Constancia de Situación Fiscal.
- Aviso de baja patronal debidamente presentada ante el I.M.S.S. (Afil- 01) solo en caso de que tengan registrados empleados en eI I.M.S.S.
Nota: Para este trámite el contribuyente deberá estar al corriente de sus obligaciones fiscales.
Costo del trámite: Gratuito.
2. ¿De que manera puedo suspender mi actividad empresarial temporalmente?
El trámite de suspensión de actividades al padrón del Impuesto sobre Nóminas se debe realizar en el Sistema de Administración de Contribuciones en la página /siscon/
Su acceso es a través de la e.firma del contribuyente, adicionalmente el aplicativo le solicitará los siguientes archivos en formato PDF.
- Aviso presentado ante la S.H.C.P. por suspensión de actividades, Aumento o Disminución de Obligaciones o cambio de domicilio a otra entidad o Constancia de Situación Fiscal.
- Aviso de baja patronal, cambio de domicilio a otra entidad o baja de los trabajadores debidamente presentada ante el I.M.S.S. (Afil- 01) solo en caso de que tengan registrados empleados en eI I.M.S.S.
Para este trámite el contribuyente deberá estar al corriente de sus obligaciones fiscales.
Costo del trámite: Gratuito.
3. ¿Cómo puedo presentar mi aviso de cambio de domicilio en la Ciudad de México?
El trámite de cambio de domicilio se debe realizar en el Sistema de Administración de Contribuciones en la página /siscon/
Su acceso es a través de la e.firma del contribuyente, una vez que ingrese al aplicativo deberá seleccionar la opción de Perfil/Datos Personales y dando clic en el vínculo de Editar donde podrá actualizar su registro.
Costo del trámite: Gratuito.
4. ¿Cómo presento las declaraciones en ceros?
La presentación de las declaraciones en cero se debe realizar en el Sistema de Administración de Contribuciones en la página /siscon/
Su acceso es a través de la e.firma del contribuyente, las mismas se deben realizar en el apartado de Declaraciones, una vez que se captura la información y se firma, el aplicativo le generará su recibo de pago.
Costo del trámite: Gratuito.
5. ¿Qué documentos presento para la devolucion de pagos?
Se deben presentar los siguientes documentos:
- Original y copia del formato de Solicitud de Devolución, que deberá obtener en la siguiente liga http://www.finanzas.cdmx.gob.mx. Dicho formato indica la Administración Tributaria y documentación específica que deberá presentar, donde será atendido de 8:30 a 15:00 hrs. de lunes a viernes; debiendo presentar los siguientes requisitos:
- Anexar, en original o copia certificada la documentación en que se sustente la promoción respectiva.
- Anexar original (es) de (los) pago(s), motivo de la solicitud de devolución.
- Copia legible de la(s) nómina(s) correspondiente(s) del periodo por el que solicita la devolución, firmada(s) por el contribuyente o representante legal.
- Hoja de trabajo en la que se determine el pago correcto y las causas que originaron el error en la declaración por la que solicita la devolución, firmada por el contribuyente o su representante legal.
- En el caso de que se confirme el pago en exceso, se requerirá al contribuyente para que presente declaraciones complementarias sin pago en las que corrija los datos originales.
Costo del trámite: Gratuito.
Lugar del trámite: Cualquier Administración Tributaria.
6. ¿Qué documentos presento para la compensación de adeudos?
Se deben presentar los siguientes documentos:
- Original y copia del formato de Solicitud de Devolución, que deberá obtener en la siguiente liga http://www.finanzas.cdmx.gob.mx. Dicho formato indica la Administración Tributaria y documentación específica que deberá presentar, donde será atendido de 8:30 a 15:00 hrs. de lunes a viernes; debiendo presentar los siguientes requisitos:
- Anexar, en original o copia certificada la documentación en que se sustente la promoción respectiva.
- Anexar original (es) de (los) pago(s), motivo de la solicitud de devolución.
- Copia legible de la(s) nómina(s) correspondiente(s) del periodo por el que solicita la devolución, firmada(s) por el contribuyente o representante legal.
- Hoja de trabajo en la que se determine el pago correcto y las causas que originaron el error en la declaración por la que solicita la devolución, firmada por el contribuyente o su representante legal.
- En el caso de que se confirme el pago en exceso, se requerirá al contribuyente para que presente declaraciones complementarias sin pago en las que corrija los datos originales.
Costo del trámite: Gratuito.
Lugar del trámite: Cualquier Administración Tributaria.
7. ¿De que manera cambios mis datos en las declaraciones ya presentadas?
Se deben presentar los siguientes documentos:
- Requisitar volante de aclaraciones mediante el cual se solicita la corrección del (los) pago (s) respecto al Registro Federal de Contribuyentes y Período.
- Comprobante de Pago.
- Cédula de Identificación Fiscal.
- Identificación Oficial.
- En caso de representación Poder Notarial, Carta Poder Ratificada ante la Autoridad.
Para el caso de corrección en el número de empleados declarados, deberá presenta declaración complementaria anotando el número de empleados que se omitieron.
Costo del trámite: Gratuito.
Lugar del trámite: Cualquier Administración Tributaria.
8. ¿Cómo puedo obtener una cetificación de Pago?
La Secretaria de Finanzas, a través de su página de Internet, ya cuenta con la opción de realizar el trámite para la obtención de la Certificación de pagos electrónica, para lo cual usted puede ingresar a la siguiente liga: formato_lc/certificacion
Por otro lado, de así convenir a sus intereses, podrá acudir a cualquier oficina de Administración Tributaria, en un horario de 8:30 de 15:00 hrs, de lunes a viernes, a solicitar la Certificación de pagos de Nómina.
9. ¿Cuál es el sustento legal en el Código Fiscal del Impuesto sobre Nóminas?
Artículos 156 a 159 del Código Fiscal de la Ciudad de México.